Nicolás Maduro logra su enésima victoria

Era una decisión esperada. El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ha declarado la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, aprobada hace dos semanas por el Parlamento, de mayoría opositora. Se trata de una respuesta a un recurso introducido ante la máxima instancia judicial por el presidente Nicolás Maduro, quien ha decidido escoger la facultad más severa que le otorga el contrato social que rige a todos los venezolanos como una manera de oponerse en firme a la liberación de los presos políticos.

 

El Presidente podía o enviar al Supremo la ley como hizo, para que éste ejerza “el control previo sobre la constitucionalidad”, o devolverla al Parlamento para que los legisladores incorporen sus observaciones antes de ordenar su publicación en Gaceta Oficial. Con el primer gesto el gobernante venezolano establece como un punto de honor mantener tras las rejas a 78 personas procesadas o sentenciadas por delitos ocurridos en el ejercicio de sus derechos políticos. Entre ellos se encuentra el exalcalde del municipio Chacao Leopoldo López y la máxima autoridad del área metropolitana de Caracas, Antonio Ledezma, cuyos emblemáticos casos han trascendido las fronteras para enmarcar al régimen dentro del grupo de países que violan los derechos humanos de sus adversarios.

Se trata, también, de un nuevo capítulo del enfrentamiento que mantiene el Poder Ejecutivo, controlado desde enero por la oposición, con los restantes cuatro poderes públicos, que están en manos de simpatizantes chavistas. A cada ley aprobada por el Parlamento el régimen opone su mayoría en la Sala Constitucional, que se ha convertido en la instancia que decide qué vale y qué no vale en el país, para desactivar los efectos de cualquier instrumento jurídico contrario a sus intereses. Es un juego de nunca acabar y que parece prolongarse a medida que se profundiza la crisis política y económica de Venezuela.

En el escrito que contiene la sentencia se lee que la Sala Constitucional debe “evitar una interpretación que fomente la impunidad y desconozca el contenido mismo de los valores, principios y derechos que informan el ordenamiento jurídico”. En su fallo dicha instancia advierte que “la totalidad del articulado de la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional desconoce que Venezuela es un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia y se aparta de los fines establecidos en los artículos 1, 2 y 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.

El máximo juzgado ofrece una serie de razones para descartar la ley que en parte recogen el razonamiento de los altos jerarcas de la nomenklatura. Observa el Supremo que “no hay un desarrollo de la institución de la amnistía en las leyes venezolanas”, que el articulado generaría “una impunidad escandalosa” en la nación sudamericana o “que la Asamblea Nacional no puede decretar el sobreseimiento en los casos de crímenes de lesa humanidad”. El chavismo considera que las muertes ocurridas en el marco de las protestas convocadas por López, Ledezma y la exdiputada María Corina Machado califican bajo tal rotulo.

La oposición se ha llevado dos varapalos consecutivos en menos de una semana en su esfuerzo de buscar una salida pacífica a la crisis de Venezuela. La semana pasada el Consejo Nacional Electoral, controlado por cuatro entusiastas de la autodenominada revolución bolivariana, rechazó la solicitud de un referéndum revocatorio intentado por la coalición opositora Mesa de la Unidad Democrática aduciendo defectos de forma y el desacato a las leyes electorales.

Con el paso de las semanas todo comienza a ser previsible: la oposición legisla y el gobierno rechaza todo cuanto socave su piso político. Maduro, mientras tanto, sigue acercándose a la mitad de su período sin que sobresalga una solución clara para cumplir con una de las promesas del presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup, cuando asumió la conducción del Legislativo en enero. Entonces el líder opositor dijo que en el primer semestre del año estaría decidido cuál de las opciones establecidas en la Constitución venezolana escogerían para convocar elecciones anticipadas.

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