Ahora las plataformas digitales dictan justicia

Osvaldo Nemirovsci

Hoy censuran a un líder violento y antidemocrático, lo cual construye cierto aval social y una propensión a simpatizar con la medida. Pero mañana pueden hacerlo con líderes democráticos y pacíficos. La acción a medir es la de censurar.

La libertad de expresión es la posibilidad de decir, escribir, leer y publicar todo lo que quieras. Toda clase de ideas, opiniones y puntos de vista deben ser posibles de expresarse en público. La libertad de expresión es uno de los puntos básicos de los derechos humanos.

Se pueden tener las más calificadas aprensiones sobre Donald Trump. Y muy probablemente las peores consideraciones sobre su gobierno y su personalidad sean correctas. Es más, no estaría mal como enseñanza histórica para el futuro, que le inicien Juicio Político en virtud de la Enmienda 25 de su Constitución Nacional y lo remuevan del cargo.

Algunos destacados miembros de la vida política, militar y social de Estados Unidos creen, aunque solo falten 11 días para que deje su cargo, que es muy peligroso que todavía posea el poder sobre el uso del arsenal nuclear estadounidense y que todavía pueda causar mucho daño a las instituciones formales del país.

Allá ellos, los dirigentes de ese país y su forma de resolver los conflictos derivados de la pugna política. En este caso fuertemente encuadrados en actitudes violentas, antidemocráticas, cuasi golpistas y mesiánicas de su propio presidente.

Todo esto lo colocamos en un lugar del análisis, pero en otro observamos con cierto escozor y consideramos también como peligroso que empresas privadas, como las grandes plataformas digitales Twitter y Facebook, se autoadjudiquen calidades judiciales y bloqueen las cuentas de Trump, impidiendo el acceso del presidente a sus redes, y por ende privando a millones de norteamericanos de conocer, mediante esos importantes y masivos instrumentos, lo que piensa su principal referente.

No es cierto, como algunos afirman, que a Trump lo dejaron sin voz. Esto aplica a las redes, pero Trump puede hablar, escribir y grabar audios para miles de periódicos, canales de TV, radios, revistas, blogs e incluso otros formatos audiovisuales (en caso que no lo censuren) como You Tube y Whatsapp.

Pero lo cierto es que, en los espacios de distribución de información más importantes del mundo, y donde el mismo Trump construyó su vinculación directa con el electorado de su país, ha sido censurado.

Es lógico preguntarse ante esto si lo que están haciendo Face y Guasap los coloca ante su definitivo rol de medios de comunicación de nuevo tipo y los aleja del pretendido sentido neutro de meros intermediarios de contenidos. Acá, en este caso, parecen opinar sobre lo que postea Trump, es claro que se meten con los contenidos y es visible que eligen censurar.

O sea que consideran a una opinión (tal vez crispante, bestial, violenta) pero opinión al fin, como un delito. Pero no son jueces para hacerlo y sientan un precedente extraordinariamente amenazador en el campo de las libertades públicas y los derechos humanos.

Si lo que Trump dice es opinión, es inviolable su derecho a expresarlo y si lo que dice es un delito, será la justicia, y no una empresa privada, la que debe decidir. Así de simple.

Se puede argumentar que la censura a Trump en las redes no viola la libertad de expresión, sino que castiga el acto de impulsar acciones violentas o el aliento a generar violencia concreta y eso ya no está protegido por el derecho a la libertad de expresión. Agregamos esto como para entender otra mirada sobre el tema.

La Corte Suprema norteamericana hace una sutil pero necesaria distinción en lo que llama “fighting words” (palabras de pelea) y sostiene el criterio que la libertad de expresión puede limitarse ante la incitación al odio y no en la mera manifestación de ideas u opiniones odiosas.

Pero la mayoría de los especialistas acuerda que la libertad de expresión no tiene límites: “Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión,” dice el artículo 19 de la Declaración universal de Derechos Humanos.

Existe cierta jurisprudencia constitucional en EEUU que es tomada por cortes europeas e incluso ha sido fijada por el Tribunal Europeo de DDHH que se dio en llamar “el libre mercado de las ideas”, siendo este espacio la garantía “imprescindible” para que pueda haber un debate amplio y completo.

En un fallo del Tribunal europeo conocido como Sentencia 235/2007 “Caso Librería Europa”, la corte falló que “nuestro ordenamiento constitucional no permite tipificar como delito la mera transmisión de ideas, ni siquiera en los casos en que se trate de ideas execrables por resultar contrarias a la dignidad humana”.

Puede haber interpretaciones diversas sobre lo que significa la libertad de expresión, pero nadie pone en duda que es uno de los derechos humanos más preciados. Por eso es preocupante que tamaña dimensión legal sea manejada por empresas privadas ya que eso es riesgoso para los pactos democráticos de las sociedades. Más allá de Trump.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *