En evidencia manipulación PLI-MRS a campesinos

Con el  intempestivo abandono de sus escaños en la Asamblea Nacional por parte de los diputados del PLI y sus aliados del MRS, quienes insistían en el tema de la derogación de la Ley del Canal, quedó en evidencia que son ellos los que están manipulando a campesinos de diferentes comunidades con el propósito de enfrentarlos irresponsablemente contra el Gobierno.

 

Durante el punto de “previos” antes de dar inicio la sesión programada para el martes, los diputados del PLI y el MRS quisieron retomar el tema en torno a la petición de un grupo de campesinos para anular la Ley 840 del proyecto del Canal Interoceánico, al punto de reclamar el porqué del rechazo a esta solicitud, misma que ellos redactaron y entregaron a los campesinos.

Ante la negativa de la Junta Directiva del Poder Legislativo de abordar un caso sobre el que ya se había pronunciado mediante una resolución hecha pública por la Primera Secretaría, los parlamentarios del PLI y MRS se levantaron de sus asientos caprichosamente, restándoles importancia al deber y el respeto de quienes los eligieron y anteponiendo sus intereses partidarios y personales.  

Como niñatos

El infantilismo demostrado por estos grupo de la derecha no demuestra más que las pretensiones de querer imponer lo que se les antoje, sin importar las leyes del país y de no ser así, armar berrinches como niños malcriados hasta que los complazcan. Para su mayor enojo, la Junta Directiva hizo caso omiso a estos arrebatos y prosiguió con la agenda del día.

No obstante, para no dejar duda, los directivos del parlamentos dieron a los demás diputados una explicación del por qué ya no se puede discutir sobre ese tema, señalando que  la Ley 840 y las que tienen que ver con la aprobación del canal interoceánico son “cosa juzgada” por la Corte Suprema de Justicia, y por tanto, no podían aceptar el proyecto derogatorio.

CSJ ya había resuelto

El miembro de la Junta Directiva, diputado Wilfredo Navarro, manifestó que ese cuerpo colegiado analizó minuciosamente la petición, pero encontró que la Corte Suprema de Justicia  (CSJ) anteriormente ya había resuelto un recurso de amparo presentado por diputados de la bancada del PLI en contra de la Ley del Canal.

Agregó que en el año 2013, la Sala Constitucional rechazó los recursos y por lo que el tema se declaró “cosa juzgada”. Navarro mencionó que el artículo 21 de la Ley de Amparo establece que “una vez que la Corte Suprema de Justicia declara la inconstitucionalidad de una ley, no hay forma de anularla”.

 

 

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