Se las conoce como ‘PASO’, existen desde 2009 y se utilizaron por primera vez en 2011. En esta ocasión, hay primarias para presidente, diputados, senadores y gobernador en tres localidades. Además, una provincia vota sus generales.
Son ‘primarias‘ porque dan inicio a la saga de votaciones (luego vendrá la general). Son ‘abiertas‘ porque todos los ciudadanos (sin importar si están afiliados o no) participan para elegir cuáles de los precandidatos que presentan los partidos serán efectivamente ‘candidatos’ en la siguiente etapa. ‘Simultáneas‘ porque todos los espacios políticos juegan el mismo día. Y ‘obligatorias‘ porque -en Argentina- votar es derecho y obligación. Así se compone la sigla «P.A.S.O»
Además, en esta fase se decide qué partidos podrán presentarse a las generales: solo los que logren un piso de 1,5 % de los votos podrá competir en octubre.
Se elegirán candidatos a Presidente y Vicepresidente para el período 2019 a 2023; 130 Diputados nacionales; y también 24 Senadores (se renuevan por tercios) por CABA (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), Chaco, Entre Ríos, Neuquén, Río Negro, Salta, Santiago del Estero y Tierra del Fuego, con mandato de seis años.
También hay PASO para las elecciones de Jefe de Gobierno en Buenos Aires y para gobernador en la Provincia de Buenos Aires y Catamarca.
En la provincia de Santa Cruz, en tanto, el mismo día se vota para la gobernación, pero generales (sin primarias).
¿Quiénes votan?
Votan los argentinos (nativos o por opción) de más de 16 años y los naturalizados mayores a 18 años. Esto es así desde una norma del año 2012, que se votó en el Congreso y que modificó la ley 26.774. El artículo 7, desde entonces, indica: «Los argentinos que hubiesen cumplido la edad de dieciséis (16) años, gozan de todos los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes de la República». Hasta los 18 (como desde los 70) el voto es obligatorio, pero no se establecerán multas para quien no lo realice.
Para los demás, quien no vote sí recibirá la multa corriente (salvo que lo haya justificado debidamente como indica la ley), pero no perderá el derecho de votar en las elecciones generales, que se llevarán adelante el 27 de octubre de este mismo año.
En mayo, el tema del voto joven generó revuelo: un error hizo que no figuraran muchos de los y las jóvenes de entre 16 y 18 años, que deberían aparecer en el RENAPER (Registro Nacional de las Personas). A raíz de esto se organizó un ‘empadronamiento masivo’ y la Cámara Nacional Electoral extendió el plazo de reclamos. Días después, se informó que se había corregido la anomalía y se sumaron un millón y medio de jóvenes. El padrón puede consultarse online.
Respecto al voto de extranjeros, pueden votar autoridades locales y la instrumentación depende de cada una de las jurisdicciones (en algunas el empadronamiento es automático y en otras no).
Por ejemplo, para autoridades de la Provincia de Buenos Aires los requisitos son: ser mayor de edad, saber leer y escribir en idioma nacional, tener dos años de residencia inmediata en el municipio, pagar anualmente impuestos locales y estar inscriptos en un registro especial. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pueden votar a Jefe de Gobierno, diputados y Comuneros y deben estar anotados en el Tribunal Electoral de la Ciudad.
Sobre el voto enel exterior, hay habilitados más de 360.000 argentinos en el mundo, según el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Sin embargo, no votan para las PASO. Lo harán directamente en las generales del 27 de octubre y se estrenaría la modalidad de sufragio por Correo Postal si no aparecen nuevas resoluciones judiciales que lo impidan.
PASO con historia
El procedimiento de las primarias nació tras la «Ley de democratización de la representación política, la transparencia y equidad» (Ley 26571), promulgada en 2009, y estrenada en las elecciones de 2011. Luego se repitieron en 2013, 2015 y 2017. Esta será su quinta edición.
El objetivo -tal como lo indica su nombre- es ‘democratizar’ el procedimiento de elección de candidatos de los partidos políticos y que todo ciudadano o ciudadana tenga acceso a esa discusión.
En el artículo 19 de esa ley se explica el procedimiento: «Todas las agrupaciones políticas procederán en forma obligatoria a seleccionar sus candidatos a cargos públicos electivos nacionales (…) mediante elecciones primarias, en forma simultánea, en todo el territorio nacional, en un solo acto electivo, con voto secreto y obligatorio, aun en aquellos casos en que se presentare una sola lista».
Además, esa misma norma modificó los requerimientos de los partidos políticos para poder presentarse en las elecciones nacionales (es decir, cambió la cantidad mínima de afiliados) y la ley de financiamiento (26.215). Actualmente pueden revisarse online los aportes declarados.
Paridad de estreno
En estas elecciones también hace su entrada triunfal una nueva norma: la de la paridad. La ley 27.412, que se promulgó en 2017, indica que las listas de candidatos a diputados y senadores nacionales deben tener mujeres y varones intercalados, desde el primer candidato titular hasta el último suplente. La regla es requisito excluyente para la oficialización de las listas.
En junio de este año, de hecho, la Justicia estableció que si una diputada del Congreso renuncia, su lugar debe ser ocupado por otra mujer para respetar la paridad.
Vedas y resultados
La mayor parte de los espacios no presenta más de un precandidato por categoría. Eso hace que las PASO, en esta ocasión, funcionen más bien como un termómetro de cara a las elecciones generales y un filtro para todo espacio que no supere el piso del 1,5 %.
Desde el pasado 3 de agosto rige la prohibición de publicar o difundir encuestas o sondeos de opinión, y desde el 9 de agosto a las 8:00 de la mañana (48 horas antes de las PASO) está vigente la veda electoral: no se pueden realizar «actos públicos de proselitismo».
Las escuelas habilitadas para votar en las 24 provincias del país estarán abiertas desde las 8:00 de la mañana y hasta las 6:00 de la tarde. Hay 14.546 centros de votación habilitados y un total de 100.185 mesas, según indicó a este medio la Dirección Nacional Electoral (DINE).
Los primeros resultados pueden publicarse desde las 9:00 de la noche (tres horas después del cierre de urnas) y están a cargo de la DINE. El organismo, dependiente del ejecutivo, tiene la responsabilidad de realizar el conteo provisorio. Esta año estrenarán nuevo sistema de transmisión para este procedimiento, un cambio que hasta el último día del comicio generó polémicas entre oficialismo y oposición. Tuvo que intervenir la Justicia Electoral, que designó veedores para el escrutinio.
El conteo definitivo se inicia 48 horas después de las elecciones, incorpora los potenciales reclamos que tengan los partidos políticos tras el escrutinio provisorio y está 100 % a cargo del Poder Judicial.