
Agencia IRNA
Teherán.- Después de un mes y medio de intercambio de mensajes, según el portavoz del Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Islámica de Irán, los términos generales y el texto del memorándum de entendimiento para el fin de la guerra entre Irán y Estados Unidos están prácticamente finalizados, a la espera de la decisión final de los órganos decisorios en Irán.
Durante este tiempo, este texto ha sufrido muchos cambios, pero ¿dentro de qué marco se ha elaborado la estructura básica del entendimiento entre Irán y Estados Unidos, y se han tenido en cuenta en él los intereses nacionales y las líneas rojas o no?
Las líneas generales del texto actual del acuerdo se enmarcan en los siguientes marcos:
1- Expediente nuclear: En las condiciones actuales no se alcanza ningún acuerdo sobre el expediente nuclear, Irán no asume ningún nuevo compromiso y el marco del programa nuclear pacífico de Irán permanece intacto tras la firma del memorándum. Según la propuesta inicial de Irán, cualquier negociación nuclear se llevará a cabo durante el plazo de 60 días posteriores a la firma del memorándum. Las referencias breves que se hacen en el texto del memorándum al programa nuclear de Irán no crean ningún nuevo compromiso para Irán, y son meramente referencias a futuras negociaciones y al compromiso definitivo de Irán de no desarrollar armas nucleares, basado en la política constante del sistema de la República Islámica de Irán. No hay duda de que, en las negociaciones de 60 días posteriores a la firma del memorándum, Irán también negociará únicamente en el marco de los principios fundamentales considerados por el sistema en relación con el programa nuclear, y se enfatizarán cuestiones como el derecho de Irán al enriquecimiento y la permanencia del material enriquecido en poder de la República Islámica de Irán para su inclusión en el acuerdo final.
2- Estrecho de Ormuz: Contrariamente a algunas afirmaciones extrañas en los medios, Irán en ningún caso asume en este texto el compromiso de ceder la gestión o devolver las condiciones del estrecho de Ormuz a la situación anterior a la agresión militar de Estados Unidos y el régimen de Israel a la parte contraria. El único tema mencionado es la normalización del tránsito por el estrecho de Ormuz en caso de fin de la guerra, el establecimiento de la seguridad de la navegación por parte de los países ribereños, el fin del bloqueo ilegal y la eliminación de las amenazas al tránsito de barcos comerciales por parte de Estados Unidos y el régimen de Israel. Por voluntad de Irán, Estados Unidos no tendrá ningún papel en el futuro de la gestión del estrecho de Ormuz, y se ha declarado claramente que el futuro de la administración del estrecho de Ormuz se basará en la iniciativa y propuesta de Irán en el marco de un asunto relacionado con los países de la región. En este marco, el debate sobre el futuro del estrecho de Ormuz no tendrá cabida ni siquiera en las negociaciones posteriores a la firma del memorándum, y Teherán resolverá este asunto directamente en diálogo con Omán, como el otro país ribereño.
3- Fin de la guerra en todos los frentes: El objetivo principal de la firma del memorándum es el fin de la guerra en todos los frentes de la región. En este memorándum se ha señalado el fin de la guerra contra Irán, además de todos los demás frentes de la región, incluido el Líbano. El nombre del país Líbano se ha mencionado como parte del acuerdo de fin de guerra en caso de que se firme el texto actual del memorándum, y Estados Unidos se compromete a obligar al régimen de Israel a poner fin a la guerra en el Líbano.
4- Activos bloqueados: Se ha previsto un proceso claro para la liberación de los activos de Irán simultáneamente con la firma del memorándum y durante el transcurso de las negociaciones. Teherán ha recibido garantías claras para la liberación de estos activos basadas en mecanismos específicos y deseados por Teherán, y en caso de que Teherán decida firmar el memorándum de fin de la guerra, parte de los activos bloqueados serán liberados de inmediato y el resto gradualmente durante las negociaciones.»
5- Indemnización de guerra: El tema de los daños infligidos a Irán en la agresión ilegal de Estados Unidos y el régimen de Israel, se encuentra entre los puntos mencionados en el memorándum. Teherán, dentro de una perspectiva realista y operativa, ha previsto un mecanismo que permita la posibilidad de recibir indemnizaciones a través del mismo. En este marco, además de enfatizar la necesidad de recibir estas indemnizaciones en el memorándum de fin de la guerra, su mecanismo de ejecución se acordará en las negociaciones de 60 días posteriores a la posible firma del memorándum. Al igual que con los activos bloqueados, Teherán ha recibido garantías específicas sobre la recepción de indemnizaciones de terceras partes.
6- Sanciones: En el marco de la demanda de Irán de levantar todas las sanciones impuestas, tanto por Estados Unidos como en el marco de resoluciones internacionales, este tema se examinará específicamente durante el plazo de 60 días de negociaciones nucleares. Del mismo modo que en el memorándum de fin de la guerra Irán no asume ningún nuevo compromiso sobre el expediente nuclear, la parte contraria tampoco asume un compromiso definitivo en el memorándum sobre el fin de las sanciones, y la determinación del destino de las sanciones se pospone hasta después de la firma del memorándum y de las negociaciones de 60 días.